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viernes, 7 de noviembre de 2025

No taxation without representation

 Según el artículo 134 apartados 3 y 4 de la Constitución Española, el gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

¿Qué significa “deberá presentar”? Pues precisamente eso. No hay matices. El gobierno debe presentar la Ley de Presupuestos y si no la presenta estará incumpliendo la Constitución. La “prórroga” está prevista para el caso de que los presupuestos “presentados” por el gobierno sean rechazados por las Cortes. Los constituyentes no contemplaron el supuesto de que el ejecutivo pudiese eludir la presentación del proyecto de ley, menos aún por periodos tan extensos, que en este caso abarcarán de dos a cuatro años.

El gobierno, por lo tanto, lleva dos años recaudando impuestos y aprobando gastos en virtud de una ley aprobada por una legislatura previa, un acto que, por su naturaleza, se sitúa al margen de la legalidad constitucional. Este uso prolongado de una ley presupuestaria caducada implica, de facto, la inobservancia del principio democrático que exige la renovación del consentimiento parlamentario para el ejercicio de la potestad tributaria. Dado el actual clima de polarización y el consecuente deterioro de la primacía de la ley, los ciudadanos se ven compelidos a afrontar estas exacciones fiscales, aun sabiendo que su legitimidad constitucional es cuestionable, bajo el riesgo de incurrir en sanciones por parte de la Hacienda Pública.

Siglos después de la aprobación de la Carta Magna que restringía el poder del Rey de recaudar impuestos sin el consentimiento del Parlamento, de que las cortes castellanas y aragonesas limitaran la capacidad recaudatoria del Rey y de que las colonias americanas se levantaran contra el parlamento británico al grito de ‘no taxation without representation’, el gobierno español recauda impuestos sin ni siquiera presentar una ley que los respalde.

¿Por qué pasa esto? Porque los mecanismos correctores previstos están desactivados. El Tribunal Constitucional, en su actual composición, no va a desautorizar al gobierno y la moción de censura constructiva requiere una mayoría imposible de alcanzar en estos momentos. La disolución automática, única salida posible a la actual situación, no fue prevista por los constituyentes, de manera que nos encontramos ante un bloqueo institucional que permite al gobierno incumplir la Constitución, pero que no exime a los ciudadanos de la obligación de pagar unos impuestos acordados por un parlamento que ya no existe. 

Pero todo esto no le importa a casi nadie. Mucha gente cree que lo importante es que gobiernen los ‘suyos’ y no van a poner eso en riesgo por unos presupuestos que no saben para que sirven o por una Constitución de la que la mayoría no ha oído hablar y muy pocos podrían citar algún artículo. El razonamiento anterior es aparentemente inatacable, pero eso da igual. Los partidarios del gobierno y sus detractores encontrarán argumentos en contra o a favor sin ningún problema. Y si no los encuentran pueden preguntar a alguna inteligencia artificial, que les dará una respuesta, impecablemente redactada, y con las citas y referencias que sean necesarias para sostener cualquier postura. Pero eso también dará igual porque, naturalmente, tampoco le interesará a casi nadie.